Quienes hayan pagado las fotomultas podrán solicitar la devolución de su dinero hasta fin de año
La fecha limite para gestionar la restitución de los pagos será el 31 de diciembre, se estima que son unas 10 mil personas las habilitadas para este reclamo.
El próximo 1° de septiembre comenzarán a funcionar 24 radares en la provincia, en paralelo a esta implantación, el Gobierno reglamentó la devolución del dinero para los infractores que ya hayan pagado las fotos multas confeccionadas desde el 1 de diciembre de 2022 y que quedaron anuladas por la Ley aprobada en la Legislatura el mes pasado.
Se estima que unas 10.000 personas están habilitadas para solicitar la devolución y, según informaron desde la Subsecretaría de Seguridad Vial del Chaco, podrán realizar el trámite hasta el 31 de diciembre de este año.
Por el momento, Rafael Acuña Agnelli, subsecretario de Seguridad Vial del Chaco informó que "tenemos alrededor de 500.000 infracciones, lo que lleva un enorme trabajo" y serán justamente esos "500.000 son los que van a tener tiempo de reclamar hasta el 31 de diciembre, la devolución o compensación por crédito fiscal".
Paso a paso para solicitar la devolución
1. Lugar de Presentación:
El titular de la infracción deberá presentarse ante la Dirección de Juzgamiento Administrativo de Infracciones de Tránsito, ubicada en calle Pellegrini N° 19, Resistencia, o en la dependencia administrativa situada en calle Córdoba N° 550, Presidencia Roque Sáenz Peña. Es necesario llevar la documentación solicitada en el Anexo II del presente.
2. Requisitos:
Para la solicitud, se deberán presentar los siguientes documentos:
Formulario Anexo II.
Copia del DNI del solicitante.
Legitimación activa/vinculación con el dominio infraccionado (Cédula del Titular y/o
Documentación vinculante).
Comprobante de Pago/Recibo.
Constancia de cuenta bancaria en pesos argentinos del solicitante (CBU).
Constancia de CUIL/CUIT.
3. Procedimiento Tras la Solicitud:
Una vez presentada la solicitud, la Dirección de Juzgamiento Administrativo de Infracciones al Tránsito conformará la actuación electrónica correspondiente. Se procederá al control de los requisitos establecidos y se elevará la solicitud al Ministerio de Seguridad para su devolución y/o compensación de los montos abonados.
4. Devolución y Compensación:
Para contribuyentes y/o responsables tributarios: Si las multas corresponden a sujetos inscriptos como contribuyentes de la Administración Tributaria Provincial, se dará intervención a dicho organismo para la instrumentación del crédito fiscal y compensación con obligaciones tributarias.
Para otros casos: Aprobado el reintegro, se procederá a la devolución mediante el CBU consignado en el formulario Anexo II.