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Si los hombres denunciados por violencia de género están libres ¿Qué medidas hay para proteger a la mujer?
La violencia de género es un delito con penas de menor cuantía, por lo que al hombre le corresponde la libertad, por ello existen diversas medidas para proteger a las mujeres, detallaremos cada una.
En nuestro país existe un alarmante número de mujeres víctimas de violencia de género, que sufren desde agresiones verbales, amenazas, golpes, hasta la consecuencia más grave que es el femicidio. Tristemente en la provincia del Chaco en este 2023 fueron 8 mujeres perdieron la vida de esta forma.
Cuando la sociedad recibe este tipo de noticias, muchas veces la primera pregunta que surge es ¿Dónde está la Justicia? lo que lleva a pensar en un Estado ausente, que falla en su labor cuidar y proteger a las víctimas. Sin embargo, como se mencionó antes el femicidio es el extremo más grave de la violencia contra las mujeres, en la mayoría de los casos las agresiones comienzan antes.
Sin embargo, es importante destacar que la Justicia sí tiene herramientas para preservar la vida de las mujeres. Desde que se recibe una denuncia por violencia de género se activan diversos protocolos a fin de garantizar el bienestar de las víctimas.
Para conocer en detalle cómo funciona cada una de las medidas de resguardo para mujeres víctimas de violencia de género, Diario TAG dialogó con Nelia Velázquez, fiscal especializada en género, hoy renombrada por integrar el Equipo Fiscal Especial que investiga el emblemático caso de Cecilia Strzyzowski que conmocionó a la provincia.
En primer lugar, es importante conocer la organización establecida para poder dar respuesta en este tipo de casos: hay cuatro fiscalías especializadas en violencia de género, que cubren turnos de 10 días cada una, y funcionan durante las 24 horas del día. Tienen un teléfono de guardia por el que se comunican con todas las comisarías, que son las encargadas de recibir las denuncias.
"Se denuncian delitos de todo tipo como amenazas simples, con armas, lesiones, daños a la propiedad, etc. siempre enmarcados en un contexto de violencia de género, entre parejas, exparejas o personas que hayan tenido una relación", informó Velázquez. En este punto es importante destacar la cuestión de que este tipo de situaciones se enmarquen en conflictos de parejas es una "decisión de política criminal del Ministerio Público Fiscal, lo que no quiere decir que no haya conflictos vecinales entre hombres y mujeres".
Entonces cuando las comisarías reciben una denuncia de este tipo lo que se hace es dar intervención a la fiscalía de turno, allí lo primero que se dispone es "la inmediata aprehensión del denunciado, a fin de identificarlo y de esa manera ver si tiene antecedentes penales y si está reiterando el delito de violencia de género".
Si bien lo primero que se determina es la aprehensión tanto esta como la prisión preventiva son excepciones porque estos son delitos con penas de menor cuantía, es decir que en la mayoría de los casos a los denunciados les corresponde la libertad . Es allí donde ingresan las medidas de prevención, como la exclusión de hogar, el botón antipánico o la prohibición de acercamiento.
Sin embargo, no todas las medidas corresponden para todos los casos, para definir qué se va a implementar se debe analizar en profundidad cada caso particular. "Tenemos comunicación constante con la Policía, ellos son los que reciben la denuncia, los que saben cómo se encontraba la víctima", afirmó Nelia Velázquez y resaltó: "Se le cree a la mujer".
EXCLUSIÓN DE HOGAR:
Se dispone en los casos dónde la víctima y el victimario son convivientes. Una vez que se recibió la denuncia, se aprehendió e identificó al denunciado, antes de otorgarle la libertad se le informa que debe fijar un nuevo domicilio, normalmente a 300 o 400 metros de distancia del hogar que compartía con la denunciante, es decir no puede volver al lugar donde convivían. Si el agresor necesita retirar sus cosas del lugar, un móvil policial debe acompañarlo. Si éste no cuenta con otro domicilio, entonces no le corresponde la libertad.
BOTÓN ANTIPÁNICO:
Se trata de un dispositivo físico o digital, es decir una app que se puede descargar en celulares. En la actualidad en la mayoría de los casos se otorga la segunda opción, pero, hay muchas mujeres que al día de hoy no cuentan con teléfonos móviles por los que se debe entregar el primero. Para disponer esta medida, el equipo fiscal siempre tiene en cuenta la voluntad de la víctima, ya que se trata de un aparato con el que debe de cargar y que se presta a la revictimización, poniendo en la mujer la responsabilidad de su seguridad.
Una vez dispuesto, la denunciante va con un oficio a la comisaría de Violencia Familiar y de Género, y allí realizan la entrega del dispositivo.
El botón digital también debe ser dispuesto por el fiscal y recién ahí en la comisaría se explica y asesora sobre el funcionamiento. No es una app común que cualquiera puede descargar.
Cuando la mujer activa el botón antipánico, suena en el 911 y ellos deben comunicarse con la víctima pasa saber si está bien y disponer un móvil policial en caso de que no.
Sin embargo, en el caso del dispositivo físico, muchas veces no hay disponibilidad, entonces las mujeres entran en un sistema de contingencia, donde las autoridades realizan un sondeo en la zona donde viven, el personal policial se constituye de manera constante para verificar que esa víctima se encuentra bien y se les brinda los teléfonos para que ante cualquier situación se pueda comunicar.
PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO O RESTRICIÓN PERIMETRAL:
Se establece en casos de alto o altísimo riesgo. Se determina una distancia a la que el agresor no se puede acercar a la víctima, al domicilio y tampoco establecer comunicación vía redes sociales o de manera telefónica.
Para la autorización de esta medida, existe un protocolo: se constituye un equipo interdisciplinario, a cargo del servicio social del Poder Judicial y la Secretaria de Derechos Humanos quienes realizan una evaluación de toda la situación de violencia y de allí surge informe socioambiental, en base al que el fiscal determina o no la restricción perimetral.
En esa evaluación interdisciplinaria ingresan exámenes psicológicos, testigos si llega a haber porque al ser denominados "delitos de alcoba" suelen suceder en el ámbito privado y principalmente la palabra de la mujer que le da valor a la investigación.
El cumplimiento de esta medida se controla a través del dispositivo dual, que consiste en colocar una tobillera o pulsera al denunciado más un dispositivo GPS con el que la víctima tiene que convivir, nuevamente aparece el riesgo de la revictimización porque la mujer está siendo controlada las 24 horas. Con el dual si el agresor se acerca a la víctima el dispositivo suena.
Luego de conocer las medidas que existen para resguardar a las víctimas de violencia de género, cabe destacar la importancia de realizar la denuncia, cualquiera pude hacerlo no sólo la víctima. Las familias, vecinos o amigos pueden acercarse a la Comisaría, llamar al 911 y ayudar a las mujeres que agredidas incluso de manera anónima.
Con la palabra de la víctima, la Justicia tiene los recursos disponibles para actuar y proteger sus vidas.
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