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Miércoles 12 de Febrero, 2025
 
 
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Este domingo se vota: qué se elige, padrón electoral y boletas habilitadas

La campaña electoral ingresa en su recta final ya que este domingo los chaqueños volverán a las urnas para elegir a los nuevos 16 diputados provinciales y 4 diputados nacionales que representarán a la provincia en la Cámara de Diputados de la Nación.

En el ámbito local son 16 los diputados que concluyen sus mandatos y de ellos 9 son del oficialismo, 6 de la coalición Chaco Cambia que encabeza el radicalismo y 1 del Partido Obrero. El Frente de Todos Chaco es la que más bancas pone en juego y en ello la UCR ve una oportunidad de aumentar su presencia legislativa con el resultado de las PASO como una proyección positiva.

Días u horas antes del escrutinio se suele consultar "¿dónde voto?". Algo que se puede responder de una manera muy sencilla mediante la página https://www.padron.gob.ar/ o por la línea gratuita 0800-999-7237.

Boletas habilitadas

Votos 

Voto afirmativo. Es la expresión de la voluntad política de un elector dirigida a favor de uno o más candidatos, y que se manifiesta mediante boleta oficializada. Si un mismo sobre tuviera dos o más boletas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de candidatos, solo se computará una de ellas destruyéndose las restantes.

Voto nulo. Son aquellos que fueron emitidos mediante una boleta no oficializada (de elecciones anteriores o de otros distritos) o que contenga defectos formales suficientes como para anularlos.

Serán considerados nulos cuando en el sobre junto con la boleta haya elementos extraños como monedas, estampitas, etc. También si el sobre tiene dos o más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupación política.

Se anulará, de igual forma, si contiene una boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir.

Voto en blanco. Se trata de los casos donde los sobres están vacíos o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes. Es un voto válido que representa una manifestación de la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las distintas propuestas.

"Es una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos", aclaró la Cámara Nacional Electoral.

Voto impugnado. Se da cuando el presidente de mesa y los fiscales consideran que el votante no es el titular del documento cívico que presenta. Se coloca en un sobre especial, que además debe contener un formulario donde conste el nombre, apellido, número y clase de documento cívico y año de nacimiento del ciudadano cuyo voto ha sido impugnado, junto con su impresión dígito pulgar.

El voto impugnado es de carácter transitorio. En el momento de realizarse el escrutinio definitivo en la Junta Electoral Nacional, se coteja la identidad, y si resulta probada el voto será computado y clasificado como válido, nulo o blanco.

Voto recurrido. Es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada en el momento del escrutinio en la mesa por uno o más fiscales, quienes deben fundamentarlo con una expresión concreta de las causas.

Asentarán los motivos en un formulario especial provisto por la Justicia nacional electoral, que deberá ser firmado por los fiscales. Se adjuntará a la boleta y al respectivo sobre.