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Miércoles 12 de Febrero, 2025
 
 
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Habilitación de reuniones sociales: punto por punto todo lo que tenés que saber del protocolo

Ayer se conoció el Decreto Provincial N° 1706/2020 por el cual el Gobierno habilitó la realización de eventos culturales, recreativos, musicales, actos de colación de grado, reuniones empresariales, sociales y familiares. Todos estos realizados al aire libre o en espacios abiertos, con hasta 100 personas.

En el caso de que se realicen en espacios cerrados, incluyendo los domicilios particulares, el máximo permitido es de 20 personas. El documento aclara que, por el momento, las recepciones estudiantiles no se encuentran habilitadas.

Diario TAG accedió al decreto en el que se establecen uno a uno los protocolos.

  1. Control y modalidades del ingreso de las personas, con uso de barbijo obligatorio y control de temperatura concurrentes.
  2. Implementación de restricciones, horarios o eventos especiales para personas en grupo de riesgos o adultos mayores de sesenta (60) años.
  3. Control estricto del cumplimiento de medidas sanitarias de prevención, con medidas obligatorias y recomendaciones  aplicables a participantes del evento, organizadores propietarios del evento donde se desarrollen, personal de servicio, mantenimiento y desinfección de espacios y elementos de uso, instrumentos y sectores comunes.
  4. Todos los establecimientos deberán incorporar cartelería ubicada en el ingreso al salón o local conteniendo información sobre las medidas de distanciamiento social, la adecuada higiene de manos y la apropiada higiene respiratoria.
  5. Asegurar la no permanencia en el establecimiento fuera del horario establecido para la actividad, como así las reuniones grupales entre los participantes.
  6. Efectuar con personal idóneo capacitaciones específicas en materia de bioseguridad.
  7. Designación de responsables para coordinar el registro de asistentes, entre de DDJJ de datos, verificación de cumplimiento de medidas.
  8. Disposición de mesas y sillas: deberá garantizarse que el respaldo de silla a silla de una mesa a la otra sea igual o superior a dos metros. En caso de ser menor se deberá colocar entre ellas barreras físicas de plástico, vidrio, acrílico. La ocupación de las mesas no podrá ser mayor al 50% de su capacidad habitual.
  9. Se sugiere la realización de eventos en lugares abiertos con superficie amplia como canchas de básquet, estacionamientos, playones, patios y terrazas de establecimientos, espacios públicos habilitados a tal fin, entre otros. Las superficies amplias permitirán garantizar el distanciamiento de personas.
  10. Se limitará la concurrencia o capacidad en las áreas para favorecer el distanciamiento social, implementándose varias entradas y salidas, evitando a aglomeración de personas en salas o áreas de espera, incorporando indicadores visuales que ordenen los espacios habilitados y su ocupación.
  11. La cantidad de asistentes permitidos será determinada por la superficie disponible: hasta el 50% de la capacidad del local. En una primera etapa no se permitirán eventos de más de 100 personas al aire libre y más de 20 en espacios cerrados.
  12.  La distancia entre asistentes deberá ser como mínimo de 2 metros.  Se podrá señalar mediante la demarcación en el suelo, burbujas sociales, sillas o butacas distanciadas.
  13.  Se desalentará el desplazamiento de público durante el desarrollo del evento. Las personas deberán permanecer en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario o gastronomía. Será obligatorio el uso de barbijo, el cual podrá ser quitado para consumir alimentos o bebidas.
  14.  Los eventos, salvo aquellos habilitados especialmente, tendrán una extensión horaria máxima de 3 horas, independientes al tiempo de armado, preproducción y desarme.  En caso de contemplar en una misma jornada, más de un evento, el plazo entre los mismos debe ser de dos horas.
  15. No están contempladas la realización de recepciones estudiantiles.